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ORDENANZA DE CREACIÓN DEL INSTITUTO HISTÓRICO

REGISTRADA BAJO EL N° 11086


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

Art. 1 : Créase en el ámbito de la Secretaría de Gobierno el
“Instituto Histórico del Partido de Morón”.

Art. 2 : Constituyen objetivos del accionar del Instituto los siguientes :

•  Resguardo de la documentación municipal que haga a su interés histórico;

•  Fomento del estudio, investigación y difusión de la Historia Distrital y su
conexión con la historia Nacional y Continental;

•  Relación del trabajo historiográfico del Partido de Morón con el de la
Provincia de Buenos Aires en general y con el conurbano
bonaerense en particular;

•  Rescate de la memoria de los vecinos pioneros de cada pueblo;

•  Apoyo a los historiadores y escritores que trabajan en la temática;

•  Rescate y conservación de los lugares y monumentos históricos;

•  Aportar, desde el conocimiento histórico, material para la
mejor comprensión de la realidad local.

Art. 3 : Constituyen funciones del quehacer del Instituto
Histórico del Partido de Morón :

•  Organizar el Archivo Histórico del Partido de Morón, procediendo
a reunir documentación dispersa en los distintos organismos
municipales y gestionando la incorporación de la existente
en entes oficiales o particulares;

•  Convocar a la Constitución de la “Junta Honoraria de Estudios Históricos de
la Municipalidad de Morón” creada por Decreto 1267/70/482/74, invitando a
personalidades del ámbito comunal vinculados al quehacer de la
producción historiográfica o de destacada actuación en el área a
efectos de que funcione como Consejo Asesor del Instituto;

•  Efectuar y promover investigaciones históricas, bibliográficas, documentales
relacionadas con la historia de Morón en todos sus aspectos, a través de la
organización de sendos Centros de Investigaciones Históricas y Sociales y
de Difusión, Publicaciones y Formación;

•  Adecuar su actividad con los fines del Museo, Bibliotecas y otros organismos
culturales del Municipio;

•  Prestar asesoramiento en toda cuestión de carácter histórico y tener a su
cargo el dictamen previo en materia de nomenclatura sobre calles, plazas, paseos,
monumentos y lugares históricos;

•  Entablar relaciones y promover encuentros con las distintas instituciones que
desarrollan actividad en la materia;

•  Divulgar su actividad a través de un boletín haciendo conocer de esa manera,
y a la comunidad histórica del pasado histórica del Partido.

Art. 4 : El fondo documental del Instituto estará constituido por todos
aquellos documentos que éste considera apropiados para sus fines e igualmente
quedarán a su disposición todos los que cuenten con una antigüedad mayor de
diez años, de acuerdo a lo que dispone el Art. 283 de la Ley Orgánica
de las Municipalidades, y que se encuentren en los distintos organismos municipales.

Art. 5 : La Dirección del Instituto se efectuará a través de un concurso público
de antecedentes y títulos destinados a personas de notoria especialidad de la
materia y los restantes cargos con personal municipal de probada idoneidad.

Art. 6 : El D.E. reglamentará la presente Ordenanza dentro de los noventa días
y proveerá las sumas necesarias para su desenvolvimiento a través de la
pertinente incorporación de partida en el Presupuesto de Gastos.

Art. 7 : Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los dieciséis días
del mes de julio de mil novecientos noventa.

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DECRETO DE MODIFICACIÓN DE NOMBRE
DEL INSTITUTO HISTÓRICO


Morón, 25 de junio de 2003

VISTO :

La Ordenanza N° 4979/03 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha
12 de junio del año 2003 y el expediente N° 4079-47056/03 D.E., 55684/03 H.C.D., y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 108°, inciso 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y
publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello :

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA :

ARTICULO 1°: Promúlgase la Ordenanza N° 4979/03, sancionada por el Honorable
Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 12 de Junio del año 2003,
cuyo texto se transcribe:

“Articulo 1°: Modificase la denominación del Instituto Histórico del Partido de
Morón como “Instituto y Archivo Histórico Municipal de Morón”

“Articulo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los
doce días del mes de junio del año dos mil tres”.

“FIRMADO: Secretario del Honorable Concejo Deliberante, Dr. Leonardo Carlos Galetta -
Presidente del Honorable Concejo Deliberante, Don Juan Horacio Zabaleta”.

ARTICULO 2°: Refrendarán el presente Decreto las Señoras Secretarias
General de Gobierno y de Desarrollo Social.

ARTICULO 3°: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones y por quién
corresponda, infórmese a la s Secretarías del Departamento Ejecutivo, a la
Dirección de Prensa y al Honorable Concejo Deliberante.
Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

 

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